Anulada una multa, por un recurso de AEA, que multaba a un conductor por superar los 30 km/h en una zona que no había señal que lo avisase.

Hace unos meses se imponía en las calles de las ciudades españolas la limitación de velocidad genérica de los 30 km/h. Esta se refiere a aquellas vías urbanas que cuentan con un solo carril por sentido de circulación y suponían un descenso desde los anteriores 50 km/h a los actuales 30 km/h.

Desde la Dirección General de Tráfico (DGT) se ha defendido la medida aduciendo que suponía un descenso en la contaminación y reducía, al mismo tiempo, las consecuencias de posibles colisiones o atropellos.

Sin embargo, desde Automovilistas Europeos Asociados (AEA) se cuestiona esta ley y las posibles “trampas” que pueda hacer la administración con el fin de recaudar. Así, una reciente sentencia judicial dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Madrid ha estimado un recurso promovido por los servicios jurídicos de esta organización y ha anulado una multa impuesta por la Directora General de Gestión y Vigilancia de la Circulación del Ayuntamiento de Madrid a un conductor al que atribuía injustamente una infracción de velocidad por superar el nuevo límite genérico de 30 km/h. La sentencia también condena al Ayuntamiento de Madrid al pago de 200 euros de costas.

AEA sostiene que hay miles de casos similares

Limite 30 km/h

Limite 30 km/h

El conductor multado (y que ha ganado el recurso) circulaba a 46 km/h. por una vía donde supuestamente regía el nuevo límite de 30 km/h para las calles de un único carril y por ello se le impuso una sanción de 100 euros.

No obstante, AEA logró demostrar que “la vía donde se formula la denuncia, Nuestra Señora de Valverde, no es una vía de un único carril por sentido”, como se podía comprobar en las fotografías aportadas, aunque la calle reseñada tiene partes con uno y dos carriles. El problema es que no existe una señalización que marque el límite de 30 km/h, lo que provoca una indefensión del conductor.

Si no has pasado la ITV y no circulas, no te pueden multar

Para el presidente de AEA, Mario Arnaldo, “el Alcalde, señor Martínez Almeida, debería tomar ya cartas en este asunto de las multas de tráfico impuestas injustamente por la Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación, dependiente del Área de gobierno de Medio Ambiente y Movilidad. Y no sólo porque se está obligando a los ciudadanos a sufrir un injusto peregrinaje de recursos sino porque los criterios jurídicos erróneos que utiliza ese departamento municipal van a provocar el colapso de la justicia madrileña, ya que en el mismo lugar y por el mismo motivo, en los dos últimos años se han sancionado injustamente a cerca de 1.500 conductores madrileños, con unas multas cuyo montante económico ascendió a 200.000 euros”.

 

Fuente: Autocasión